Países con mayor protección económica para los trabajadores autónomos

 

Seguridad Social.

 

El panorama encierra abultadas diferencias entre países. Los trabajadores por cuenta propia se enfrentan, económicamente hablando, a un contexto que en determinadas situaciones puede resultar ventajoso a grandes rasgos, pero que en la mayoría de los casos se muestra bastante exigente. El tablero europeo al que se exponen los autónomos a día de hoy deja una disparidad notable entre las zonas más importantes del continente, sobre todo con respecto al modo en el que se calcula el pago de las cuotas y las prestaciones sociales que se derivan de estas. La pregunta que surge es inevitable: ¿es España uno de los privilegiados en todo este asunto o no soporta la comparativa con otros estados?

 

El acto de emprender como autónomo en territorio nacional, más allá de los requisitos previos de constitución relativos a la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, encierra una serie de obligaciones que conviene tener en cuenta. En primer lugar destacan los impuestos básicos, como son el IRPF y el IVA, ambos trimestrales y de un tipo general del 15 y el 21 por ciento respectivamente. Ahora bien, en lo que atañe a la cuota que estos trabajadores pagan cada mes al Estado, desde principios de este 2023, ésta se determina en función de los ingresos reales que se perciben, o lo que es lo mismo: cuanto más se gana, más se paga.

 

De este modo, siempre a partir de esa fórmula, el autónomo deberá elegir uno de los quince tramos salariales que existen para fijar el importe de su cuota. Durante este curso, salvo excepciones, la tarifa mínima es de 230 euros, mientras que la máxima alcanza los 500. Se trata de un sistema de cotización de carácter progresivo que está previsto hasta 2025 y que permite recibir a cambio coberturas por cese de actividad, baja por enfermedad, baja por accidente y jubilación.

 

La perspectiva cambia si, con el mismo ímpetu con el que se estudian las reseñas de Tragaperras777.es se pone el foco en lo que hacen otros países. En el caso de Dinamarca, que tiene muy buena reputación en este ámbito, los autónomos están exentos de abonar cuotas mensuales, y aunque también deben ajustarse a una tributación, esta se realiza a partir de las ganancias obtenidas, con impuestos situados entre límites del 25 y el 50 por ciento. Todo ello redunda en el sector público y en prestaciones como el desempleo, la maternidad o la enfermedad. Según la clasificación del Banco Mundial, estamos ante el país europeo con mejores facilidades para crear una empresa, y esto se debe en gran medida a una particularidad: no hay distinción entre formar una sociedad y establecerse como trabajador por cuenta propia.

 

Tampoco defrauda la opción de hacerse autónomo en el Reino Unido, donde el sistema de cotizaciones a la Seguridad Social reúne algunas particularidades de interés. De entrada, cabe reseñar que todo trabajador por cuenta propia que no alcance unos ingresos anuales de 6.725 libras no tiene obligación de cotizar. Desde esa cifra en adelante, surgen dos tipos de autónomos: los de clase 2, que perciben beneficios iguales o superiores a 6.725 libras e inferiores a 11.909 libras; y los de clase 4, que superan esa última cantidad a lo largo de un ejercicio. Mientras que los primeros tienen que pagar 3,5 libras a la semana, los segundos tributan algo más del diez por ciento de las ganancias facturadas. En cuanto a las prestaciones que se derivan de esto, sobresale el derecho a recibir una pensión básica del estado.

 

Francia es otro de los destacados, por lo menos en las primeras etapas de la empresa. Los autónomos galos tienen una tarifa gratuita que se extiende durante los doce meses iniciales, y una vez superado ese periodo de tiempo se paga una cuota en base a los ingresos recibidos. Los profesionales tienen que pagar el conocido CFE, que es el equivalente al IRPF español y que se fija dependiendo del volumen del negocio y del epígrafe de la actividad que se desarrolla. Se trata de un impuesto que asciende al catorce por ciento si se factura menos de siete mil euros al año y que va creciendo de forma progresiva. Gracias a esto, el trabajador recibe, entre otras cosas, asistencia sanitaria, la jubilación o pensiones por invalidez o viudedad.

 

Por último, es importante poner de relieve la cotización que existe para los autónomos en Portugal, que de igual modo centra su modelo en la proporcionalidad de los ingresos. En concreto, la Seguridad Social lusa calcula el setenta por ciento de lo que gana el trabajador cada tres meses, y a esa cifra le aplica un 21,4% de carga impositiva, obteniendo así un resultado que representa la cifra que hay que pagar trimestralmente. De forma paralela, la cuota mensual es variable, yendo desde un mínimo de veinte euros para quienes menos ingresan hasta un máximo de algo más de mil euros para los que más facturan. Eso sí, el primer ejercicio de actividad está libre de cuotas.

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